El Régimen Simple de Tributación (en adelante RST) es un tributo que se declara anualmente y se paga con anticipos bimestrales a través de los sistemas electrónicos de la DIAN, que rige a partir del año 2019 y al que pueden acceder de forma voluntaria, tanto personas naturales como personas jurídicas que cumplan con los requisitos
Beneficios
- Las tarifas del RST están entre el 1.8% y el 11.6% y su aplicación dependerá de los ingresos brutos y de la actividad empresarial desarrollada.
- El 0.5% de los pagos recibidos por el empresario a través de tarjetas débito o crédito u otros mecanismos de pagos electrónicos, se descuentan del impuesto a pagar del RST. Este descuento no afecta los recursos municipales o distritales.
- Con una sola declaración anual se cumple con el deber formal de declarar y pagar hasta 6 impuestos. Esto contribuye con la simplificación de trámites para el empresario y disminuye costos transaccionales, estos impuestos son: (IVA, Impuesto Nacional al Consumo, Ganancia Ocasional, Industria y Comercio, Avisos y Tableros, Sobretasa Bomberil).
- El contribuyente que opte por el SIMPLE está exonerado del pago de parafiscales (ICBF, SENA y Aportes a Salud) en los términos del artículo 114-1 del Estatuto Tributario.
- No genera cargas administrativas adicionales relacionadas con el sistema de retenciones en la fuente.
Quienes pueden optar por el simple
- Personas naturales que desarrollen su actividad con criterios empresariales, aunque no sean comerciantes (agricultores, ganaderos, etc) o personas jurídicas de naturaleza societaria, cuyos socios o accionistas sean personas naturales.
- Que en el año gravable anterior hubieren obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 80.000 UVT. Las particularidades del cálculo de este valor lo encuentran en el artículo 905 del Estatuto Tributario.
Quienes NO pueden optar por el simple
- Las personas naturales residentes en el extranjero, personas jurídicas extranjeras, empleados o funcionarios públicos, establecimientos permanentes, entidades sin ánimo de lucro, grupos empresariales, sociedades que sean accionistas o parte en un negocio fiduciario, entidades financieras.
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Portal Web para mayor información acerca del RST. ver aquí
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DIAN – dian.gov.co